La Junta de Andalucía ha abierto el plazo para solicitar las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de septiembre de 2021 o hasta que se agote el crédito establecido.

Las líneas de subvención que se han convocado son:

– Línea 4, destinada a la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional. Podrán solicitar las subvenciones de la línea 4 las personas trabajadoras autónomas, que tengan a su cargo hijos o hijas menores de tres años por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente de la persona menor de tres años.

– Línea 5, destinada a la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar. Podrán solicitar las subvenciones de la línea 5 las mujeres trabajadoras autónomas en situación de riesgo durante el embarazo, y las personas trabajadoras autónomas, en general, para el disfrute del periodo de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.

Las subvenciones se conceden por importes que van desde 1.700 euros hasta 7.200 euros, según el caso.

Serán subvencionables las contrataciones realizadas a partir del 15 de junio de 2021 y durante la vigencia de la convocatoria de subvenciones (30 de septiembre de 2021), así como las contrataciones realizadas en los doce meses anteriores al 15 de junio de 2021.

Las solicitudes, los formularios y la documentación anexa de las líneas de subvenciones convocadas, se presentarán única y exclusivamente de forma telemática. Todo ello está disponible en la oficina virtual de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de trabajo autónomo, a través de estas direcciones:

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/ procedimientos/detalle/24388/como-solicitar.html

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/ procedimientos/detalle/24389/como-solicitar.html

Más información en el extracto de la Resolución en este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/112/BOJA21-112-00005-9913-01_00193790.pdf

O bien en la propia Resolución, en este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/112/BOJA21-112-00031-9908-01_00193787.pdf

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